Instalar un cargador en tu plaza de garaje alquilada: todo lo que necesitas saber en 2026

Instalar un cargador en tu plaza de garaje alquilada: todo lo que necesitas saber en 2026

Si tienes un vehículo eléctrico y tu plaza de garaje es de alquiler, puede que te estés preguntando si es posible instalar un punto de recarga. La respuesta es sí, y la ley lo respalda, siempre que sigas el procedimiento correcto. En este artículo te explicamos cada paso de manera clara para que puedas hacerlo sin contratiempos.

¿Puedo instalar un cargador si no soy el dueño de la plaza?

Sí. La normativa española permite al arrendatario de una plaza de garaje instalar un punto de recarga privado, siempre que se cumplan determinados requisitos. El proceso implica tres fases que deben seguirse en orden: obtener el consentimiento del propietario, comunicarlo a la comunidad de propietarios y ejecutar la instalación técnica con un profesional homologado.
Lo más importante es no saltarse ningún paso ni alterar su orden.

Instalar un cargador en tu plaza de garaje alquilada: todo lo que necesitas saber en 2026

Paso 1: consigue el permiso escrito del propietario

Antes de hacer cualquier consulta a la comunidad o contratar a ningún instalador, necesitas la autorización expresa del dueño de la plaza. Esta debe ser por escrito, ya sea mediante correo electrónico con acuse de recibo, burofax o documento firmado.

Sin este consentimiento, no es posible continuar. La relación contractual entre arrendador y arrendatario en materia de modificaciones del inmueble está regulada por el contrato de arrendamiento y la legislación civil, por lo que actuar sin permiso podría acarrear consecuencias legales.

Paso 2: notifica a la comunidad de propietarios

Una vez que tienes el permiso del propietario, el siguiente paso es comunicarlo a la comunidad. Aquí entra en juego el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), que establece que no es necesaria la aprobación en junta para instalar un punto de recarga en una plaza privada. Basta con notificarlo previamente.

Esta notificación debe realizarse por un medio que deje constancia fehaciente: burofax, email certificado o cualquier otro canal que permita acreditar la recepción. No es un trámite opcional; es una obligación legal que te protege ante posibles reclamaciones posteriores.

La comunidad no tiene potestad para vetarlo, aunque sí puede condicionar aspectos técnicos relacionados con el uso de zonas comunes.

Paso 3: la instalación técnica, según la normativa ITC-BT-52

La instalación debe realizarla un instalador eléctrico autorizado, que deberá cumplir con la normativa ITC-BT-52 del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Esto implica:

Elaborar una memoria técnica del proyecto, instalar un cuadro eléctrico independiente para el punto de recarga, incorporar las protecciones reglamentarias (diferencial, magnetotérmico, etc.) y emitir el correspondiente boletín eléctrico (certificado de instalación).

Si el cable tiene que pasar por zonas comunes del garaje, el instalador debe detallar el trazado y garantizar que no afecta a la estructura del edificio ni a las instalaciones generales.

Todos los costes de la instalación, así como el consumo eléctrico derivado de la recarga, corren a cargo del arrendatario.

Iberplug: instalamos tu punto de recarga en Madrid y Castilla-La Mancha

En Iberplug nos encargamos de todo el proceso: desde la visita técnica inicial y el presupuesto —ambos gratuitos y sin compromiso— hasta la instalación certificada y la gestión de las ayudas disponibles.

Trabajamos tanto con particulares como con empresas, y nuestros sistemas son compatibles con todos los vehículos eléctricos del mercado. Además, si ya tienes o piensas instalar un kit de autoconsumo solar, nuestros cargadores pueden conectarse directamente a tu instalación fotovoltaica para maximizar el ahorro.

Área de servicio: Comunidad de Madrid y Castilla-La Mancha.

Los pasos para instalar tu cargador en garaje alquilado

  • Solicitar autorización escrita al propietario de la plaza
  • Notificar a la comunidad de propietarios por un medio fehaciente (art. 17.5 LPH)
  • Contratar a un instalador autorizado que cumpla la normativa ITC-BT-52
  • Obtener el boletín eléctrico
  • Si corresponde, solicitar las ayudas disponibles

Con la documentación en orden y un instalador de confianza, el proceso es más sencillo de lo que parece. 

Si tienes dudas, en Iberplug estaremos encantados de orientarte sin ningún compromiso.

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